Las propuestas de Ricardo Monreal para regular las redes sociales en México
La propuesta del senador Monreal para regular las redes sociales crea nuevas atribuciones para el IFT y obligaciones para las empresas.
Las redes sociales que en México tengan más de un millón de usuarios serán consideradas relevantes y, por lo tanto, tendrán que pedir autorización al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para poder ofrecer su servicio, señala la iniciativa de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión hecha por el Senador Ricardo Monreal.
La iniciativa agrega al Título Sexto de dicha Ley un Capítulo II en el que se incluyen diversos artículos, como el Artículo 175 Bis, que advierte sobre las autorizaciones:
“Las personas físicas y las morales que se consideren redes sociales relevantes en términos de lo dispuesto por el Artículo 3, fracción LXII de la presente Ley, requerirán autorización de dicho Instituto (IFT) para prestar el servicio de redes sociales. El Instituto establecerá los requisitos atinentes mediante lineamientos de carácter general”.
La iniciativa del senador Monreal establece que en la solicitud correspondiente someterán a la autorización del IFT los términos y condiciones de servicio, los cuales contendrán el mecanismo y el procedimiento.
También señala que corresponde a los solicitantes acreditar ante el IFT el cumplimiento de los términos y condiciones del servicio.
La propuesta explica que los autorizados no podrán modificar los términos y condiciones de servicio, sin la previa aprobación del Instituto.
Contempla suspensión de cuentas
El texto de Monreal señala que los autorizados podrán establecer en los términos y condiciones de servicio un mecanismo para suspender una cuenta o perfil, eliminar un contenido o, en su caso, cancelar en forma definitiva una cuenta, siempre y cuando tales términos y condiciones hayan sido previamente autorizados por el órgano regulador.
Incluso, el documento señala que para la cancelación definitiva de una cuenta, la red social deberá tener un área específica que cuente con personas físicas especialistas en derechos humanos y libertad de expresión, quienes deberán emitir la resolución correspondiente. Específica que en el caso anterior queda prohibido el uso de algoritmos o tecnologías automatizadas.
Asimismo, se deberá acreditar que, en términos de los artículos Sexto y Séptimo constitucionales, “el mensaje o contenido difundidos, incluidas las noticias falsas, atacan la moral y el orden público, la vida privada y los derechos de terceros, se provoque algún delito o se perturbe el orden público”.
La propuesta también prevé que las redes sociales deberán establecer, en los términos y condiciones del servicio, un procedimiento interno para que sus usuarios puedan impugnar la suspensión de su cuenta, la eliminación de su contenido o la cancelación de su perfil.
En otro de los artículos nuevos establece que “por lo que se refiere al uso de redes sociales por sujetos obligados en materia político-electoral se estará a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás legislación aplicable, y corresponderá su regulación al Instituto Nacional Electoral”.
También se menciona en el Artículo 175 Octies que la protección de los datos personales de los usuarios de las redes sociales se realizará en términos de lo dispuesto por la normativa aplicable en la materia.
En redes sociales las críticas no se han hecho esperar. Especialistas como Luis Fernando García, director de Red en Defensa de los Derechos Digitales, puso en evidencia las deficiencias de la iniciativa, así como los riesgos que se corren en caso de ser aprobada.
Alejandro González
Fuente: https://digitalpolicylaw.com/las-propuestas-de-ricardo-monreal-para-regular-las-redes-sociales-en-mexico/